La regulación de los patinetes eléctricos en España entra en una nueva fase decisiva. La aprobación de la Ley 5/2025, de 24 de julio, junto con las últimas comunicaciones de la DGT, marca un antes y un después para miles de usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).
Aunque muchas obligaciones todavía no son plenamente exigibles, el calendario legal ya está definido y conviene conocer qué cambia, a quién afecta y desde cuándo, para evitar sanciones y situaciones de inseguridad jurídica.
Dos realidades legales según el tipo de patinete
La normativa distingue actualmente dos escenarios bien diferenciados, en función del peso y la velocidad del vehículo.
Por un lado, se encuentran los patinetes ligeros, y por otro aquellos de mayor peso o prestaciones, que estarán sujetos a obligaciones más estrictas en un plazo muy cercano.
Esta diferenciación es clave, ya que no todos los usuarios están obligados hoy a contratar un seguro, aunque sí lo estarán en el futuro.
El seguro obligatorio y el papel del registro de la DGT
En el caso de los patinetes ligeros, la obligación de contar con un seguro está directamente vinculada a la creación de un registro oficial de la DGT.
A día de hoy:
- El registro no está operativo
- El Real Decreto que lo regula aún no ha sido aprobado
- No se están imponiendo sanciones por carecer de seguro en este supuesto
Sin embargo, esta situación es temporal y cambiará en cuanto la DGT active el registro. Pero a día de hoy no sabemos cuando ocurrirá esto.
Patinetes con mayores requisitos: enero de 2026 como fecha clave
Para los patinetes de más de 25 kg o con velocidad superior a 14 km/h, la ley es clara:
el seguro de Responsabilidad Civil será obligatorio, sin necesidad de esperar al registro.
El periodo transitorio finaliza el 26 de enero de 2026, fecha a partir de la cual circular sin seguro podrá dar lugar a sanciones.
Homologación, identificación y coberturas mínimas
La normativa también introduce exigencias técnicas y administrativas que afectarán progresivamente a los usuarios:
- Homologación del vehículo
- Certificado de circulación
- Registro e identificación
- Seguro obligatorio con coberturas mínimas elevadas para daños personales y materiales
Además, se establece un límite temporal para los patinetes no homologados, que podrán circular solo hasta enero de 2027.
Más información y comunicado oficial
Dado que se trata de una normativa compleja y en evolución, desde JLA Asociados hemos publicado un comunicado detallado y actualizado, donde explicamos de forma práctica cómo te afecta la ley según tu tipo de patinete y qué debes hacer en cada caso.
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