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24 de febrero de 2026
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8 min de lectura
Seguros personales#seguro de vida

Certificado de seguros de fallecimiento: la guía que tu familia necesita

Imagina que un familiar cercano fallece de repente. Entre el dolor y el papeleo, alguien en la familia se pregunta: ¿tenía algún seguro de vida? ¿Cómo lo sabemos? ¿A quién llamamos? Esa angustia tiene solución, y se llama certificado de seguros con cobertura de fallecimiento. Sé que el mundo de los seguros puede parecer un laberinto al principio. Términos técnicos, trámites burocráticos, plazos que cumplir… Pero este documento concreto es [...]

Imagina que un familiar cercano fallece de repente. Entre el dolor y el papeleo, alguien en la familia se pregunta: ¿tenía algún seguro de vida? ¿Cómo lo sabemos? ¿A quién llamamos? Esa angustia tiene solución, y se llama certificado de seguros con cobertura de fallecimiento.

Sé que el mundo de los seguros puede parecer un laberinto al principio. Términos técnicos, trámites burocráticos, plazos que cumplir… Pero este documento concreto es más sencillo de lo que parece. Y conocerlo puede marcar una diferencia enorme para tu familia.

En JLA Asociados llevamos años ayudando a familias a navegar estos procesos. Por eso hemos preparado esta guía: para que sepas exactamente qué es este certificado, quién puede pedirlo, cuánto cuesta y cómo descargarlo sin complicaciones.

¿Qué es exactamente el certificado de seguros de fallecimiento?

El certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento es un documento oficial expedido por el Ministerio de Justicia de España. Su función es muy concreta: acredita qué pólizas de seguro de vida o accidentes —con cobertura de muerte— estaban vigentes a nombre de una persona en el momento de su fallecimiento.

Piénsalo como un mapa del tesoro. No te dice cuánto dinero hay ni dónde está enterrado, pero sí te dice que existe y qué compañía lo custodia.

En concreto, este certificado recoge:

  • Contratos vigentes: los seguros en activo donde figuraba como asegurado el fallecido.
  • Entidad aseguradora: qué compañía gestiona cada póliza.
  • Tipos de seguro incluidos: seguros de vida y seguros de accidentes con contingencia de muerte.
  • Ausencia de seguros: si no existe ninguna póliza, el certificado también lo certifica expresamente.

Lo que no incluye son los datos de los beneficiarios ni los importes. Esa información hay que pedirla directamente a la aseguradora, una vez identificada gracias al certificado.

¿Qué tipos de cobertura por fallecimiento existen?

La cobertura por fallecimiento es la garantía que activa el seguro cuando el asegurado muere. Pero no todos los seguros de vida funcionan igual. Estos son los principales tipos:

Seguro de vida temporal

Cubre al asegurado durante un periodo concreto: 10, 20 o 30 años. Es muy habitual en familias con hijos pequeños o con una hipoteca activa. Si el titular fallece dentro del plazo, los beneficiarios cobran. Si no, el seguro simplemente finaliza.

Seguro de vida entera

Este tipo no caduca. Cubre al asegurado durante toda su vida, por lo que la prestación a los beneficiarios está garantizada en cualquier momento.

Seguros con coberturas complementarias

Algunos seguros de vida combinan la cobertura de fallecimiento con otras garantías como invalidez permanente, dependencia severa o enfermedades graves. Son los llamados seguros de vida-riesgo combinados.

¿Quién puede solicitar el certificado de seguros de fallecimiento?

Aquí hay un matiz que mucha gente desconoce: no hace falta ser el beneficiario directo para pedirlo. Pueden solicitarlo todas las personas con un interés legítimo, como:

  • Herederos del fallecido
  • El cónyuge o pareja de hecho superviviente
  • Notarios que estén tramitando la herencia
  • Representantes legales con poderes acreditados
  • Acreedores con derecho reconocido a cobro

¿Por qué es importante saberlo? Porque en situaciones de herencias complicadas o cuando la persona fallecida no había comunicado sus pólizas a nadie, cualquier familiar directo puede dar el primer paso sin necesidad de ser el receptor del dinero.

Plazos para obtener el certificado: lo que no puedes perder de vista

Este es uno de los apartados más prácticos. Toma nota porque los plazos son muy concretos:

MOMENTOPLAZO
Cuándo puedes solicitarMínimo 15 días hábiles tras el fallecimiento
Tiempo de emisión24 a 48 horas (con documentación en regla)
Descarga disponible90 días desde la emisión
Validez de los datos en el registro5 años desde el fallecimiento

El dato del plazo de 5 años es clave. Pasado ese tiempo, la información desaparece del registro del Ministerio de Justicia. Si no se reclama antes, las pólizas quedan sin cobrar para siempre.

Tasas: ¿cuánto cuesta pedir el certificado?

El coste de la expedición del certificado es muy bajo: aproximadamente 3,86 euros en el momento de redactar este artículo. Se paga mediante el formulario 790 del Ministerio de Justicia.

Puedes abonar la tasa de tres formas:

  • En una entidad bancaria colaboradora de la Agencia Tributaria
  • Por transferencia bancaria
  • Online mediante pasarela de pago, si tramitas el certificado por vía telemática

Asegúrate de pagar el importe exacto. Un error en el abono puede retrasar todo el proceso.

Cómo solicitar el certificado de seguros de fallecimiento paso a paso

El trámite es accesible para cualquier persona. Solo necesitas organizarte un poco con la documentación y elegir la vía que mejor te venga.

Documentación necesaria para el certificado

Antes de lanzarte, reúne estos papeles:

  • Certificado literal de defunción del Registro Civil
  • Tu documento de identidad (DNI o NIE)
  • Formulario 790 cumplimentado
  • Justificante del pago de la tasa
  • Documentación que acredite tu interés legítimo (testamento, escritura de herencia, poder notarial, etc.)

Formas de presentar la solicitud

Tienes tres opciones:

  1. Online: a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Necesitas Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. Es la opción más rápida.
  2. Presencialmente: en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia.
  3. Por correo postal: enviando la solicitud al Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento.

¿Cómo descargar el certificado de seguros con cobertura de fallecimiento?

Una vez que hayas hecho la solicitud online, el proceso para descargar el certificado es muy sencillo:

  1. Accede a la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia
  2. Identifícate con tu Cl@ve o certificado digital
  3. Busca la opción: «Consulta del estado de su solicitud y descarga del certificado»
  4. Descárgalo a partir de las 24-48 horas tras la solicitud

Recuerda: tienes 90 días para descargarlo. Si dejas pasar ese tiempo, el certificado caduca y tendrás que reiniciar todo el proceso. Guarda siempre una copia digital y otra en papel.

¿Tienes algún problema técnico durante el proceso? Puedes llamar al 060 desde cualquier punto de España para recibir asistencia del Ministerio de Justicia.

Por qué este certificado puede cambiar mucho para tu familia

Hablemos claro: muchas familias en España pierden dinero cada año porque no saben que un familiar tenía una póliza activa. Las compañías aseguradoras no llaman a tu puerta para avisarte. La responsabilidad de reclamar es tuya.

Según datos de UNESPA, más de 21 millones de personas en España tienen contratado un seguro de vida-riesgo. Eso significa que, estadísticamente, hay muchas probabilidades de que alguien en tu entorno cercano tenga una póliza que sus herederos desconocen.

El certificado de seguros de fallecimiento es la herramienta que cierra esa brecha. Sin él, esas pólizas simplemente se extinguen sin que nadie cobre un euro.

Desde JLA Asociados trabajamos cada día para que las familias estén bien informadas y bien protegidas. Si tienes dudas sobre tus seguros actuales, sobre qué coberturas te convienen o cómo planificar la protección financiera de los tuyos, nuestro equipo está aquí para orientarte sin compromiso.

Lo que debes llevarte de esta guía

Tres ideas para no olvidar:

  • El certificado es gratuito de gestionar (solo pagas una tasa de ~3,86€) y protege el acceso a seguros que de otra forma quedarían enterrados en el olvido.
  • Los plazos son inamovibles: 15 días de espera para solicitarlo, 90 días para descargarlo, 5 años de validez del registro.
  • No necesitas ser beneficiario para pedirlo: cualquier persona con interés legítimo puede iniciar el trámite.

La pérdida de un ser querido ya es bastante dura. No dejes que la falta de información añada más carga a ese momento.

Preguntas frecuentes sobre el certificado de seguros de fallecimiento

¿Cuánto tiempo tarda en emitirse el certificado de seguros de fallecimiento?

Normalmente entre 24 y 48 horas desde que se presenta la solicitud con toda la documentación en regla. Si falta algún documento, el proceso se demora hasta que se subsane la incidencia.

¿Puedo solicitar el certificado si no soy heredero directo?

Sí. Pueden solicitarlo todas las personas con un interés legítimo acreditado: herederos, cónyuge, notarios, representantes legales y acreedores con derecho reconocido, entre otros.

¿Qué pasa si no descargo el certificado en 90 días?

El certificado caduca y tendrás que presentar una nueva solicitud, pagando de nuevo la tasa correspondiente. Te recomendamos descargarlo en cuanto esté disponible y guardar varias copias.

¿El certificado indica cuánto dinero me corresponde cobrar?

No. El certificado solo identifica los contratos de seguro vigentes y la aseguradora responsable. Para conocer el importe y los beneficiarios, debes contactar directamente con la compañía aseguradora correspondiente.

¿Qué diferencia hay entre el seguro de vida y el seguro de decesos?

El seguro de vida proporciona un capital económico a los beneficiarios cuando el asegurado fallece. El seguro de decesos, en cambio, cubre los gastos del sepelio y puede incluir la gestión de trámites administrativos y legales, liberando a la familia de cargas burocráticas en momentos muy difíciles.

¿Cuánto cuesta tramitar el certificado de seguros de fallecimiento?

El coste actual de la tasa es de aproximadamente 3,86 euros, abonables mediante el formulario 790 del Ministerio de Justicia, ya sea en banco, por transferencia o por pasarela electrónica.

Gracias por llegar hasta aquí

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