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¿Qué pasa si no declaro una enfermedad en el seguro de vida? Si es tu caso, hay una sentencia del Tribunal Supremo que debería preocuparte

Una viuda esperaba recibir la indemnización del seguro de vida de su marido tras su fallecimiento por cáncer. Había perdido al amor de su vida y confiaba en que, al menos, el seguro le proporcionaría la estabilidad económica prometida. Pero la aseguradora le comunicó algo devastador: no recibiría ni un euro.

viuda

¿El motivo? Su marido había omitido información médica en el cuestionario de salud cuando contrató la póliza años atrás. Tabaquismo, diabetes, alcoholismo… detalles que él consideró «menores» le costaron a su familia toda la indemnización.

Esta no es una historia ficticia. Es el caso real que el Tribunal Supremo resolvió en enero de 2025, estableciendo un precedente que debería preocupar a cualquier persona con seguro de vida. La pregunta que surge es inevitable: ¿Está tu póliza de vida en riesgo por un simple error en el formulario?

La sentencia del Tribunal Supremo que cambió las reglas del juego

La sentencia del Tribunal Supremo sobre declaración del riesgo en seguros de vida del 14 de enero de 2025 marca un antes y un después en la jurisprudencia española. El caso recorrió todas las instancias judiciales con resultados contradictorios:

El recorrido judicial que debes conocer

Primera Instancia (2018): El juzgado dio la razón a la viuda. Consideró que el asegurado desconocía su enfermedad terminal al contratar y que las omisiones no tenían relación directa con el cáncer que causó su muerte.

Audiencia Provincial (2020): Revocó completamente la sentencia inicial. Los magistrados determinaron que ocultar tabaquismo, alcoholismo y diabetes sí constituía una ocultación relevante que podía haber influido en el desarrollo del cáncer colorrectal.

Tribunal Supremo (2025): Confirmó la negativa al pago con una argumentación contundente que sienta jurisprudencia.

«El incumplimiento del deber de declaración del riesgo por parte del tomador, mediante la ocultación dolosa o negligente de circunstancias relevantes conocidas por él, faculta a la aseguradora para rechazar el pago de la indemnización, independientemente de la relación causal directa entre la información omitida y el siniestro producido.»

Tribunal Supremo, Sala Primera, 14 de enero de 2025

Esta sentencia establece que no es necesaria una relación causal directa entre lo que ocultas y la causa de muerte. Basta con que la información omitida sea relevante para la evaluación del riesgo.

Marco legal: Los 4 requisitos para que te nieguen el pago

Según el artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro, una aseguradora puede denegar legalmente la indemnización cuando se cumplen estos cuatro requisitos:

  1. Ocultación de información relevante: El tomador (la persona que contrata el seguro) debe haber omitido u ocultado datos importantes sobre su estado de salud o hábitos de vida.
  2. Información expresamente solicitada: La información omitida debe haber sido preguntada de forma clara y específica en el cuestionario de salud.
  3. Conocimiento previo del asegurado: El asegurado debe conocer la información que oculta. No se aplica a enfermedades no diagnosticadas o desconocidas.
  4. Desconocimiento de la aseguradora: La compañía debe probar que no conocía esta información al momento de aceptar el riesgo y calcular la prima.

La clave está en que estos cuatro elementos se cumplan simultáneamente. Si falta uno solo, la aseguradora no puede denegar el pago.

Checklist de la sinceridad: errores en la declaración de salud del seguro de vida que debes evitar

Esta lista puede salvarte de perder toda tu cobertura. Revisa punto por punto qué NO puedes olvidar declarar:

Enfermedades y condiciones médicas:

  • Diabetes (incluso si está controlada con dieta)
  • Hipertensión arterial (aunque tomes medicación)
  • Colesterol alto y otros problemas cardiovasculares
  • Depresión o ansiedad tratadas con medicación
  • Hernias discales u otros problemas de espalda crónicos
  • Asma o problemas respiratorios
  • Úlceras gástrica o problemas digestivos crónicos
  • Cualquier cirugía (aunque sea «menor» como apendicitis)
  • Tratamientos de fertilidad o problemas hormonales

Hábitos y estilo de vida:

  • Tabaquismo (incluso si dejaste de fumar hace menos de 5 años)
  • Consumo habitual de alcohol (más de 2 copas diarias)
  • Deportes de riesgo (parapente, buceo, escalada, motociclismo)
  • Viajes frecuentes a países con riesgo sanitario
  • Profesiones de riesgo (construcción en altura, minería, seguridad privada)

Historial familiar:

  • Cáncer en familiares directos (padres, hermanos)
  • Enfermedades cardiovasculares hereditarias
  • Diabetes en la familia directa
  • Enfermedades mentales graves en familiares

Tratamientos y medicación:

  • Cualquier medicamento que tomes de forma habitual
  • Terapias psicológicas o psiquiátricas
  • Suplementos hormonales
  • Tratamientos estéticos con riesgo (bótox, implantes)

Recuerda: Es mejor declarar de más que de menos. La aseguradora puede ajustar la prima, pero no puede anular la póliza por información proporcionada voluntariamente.

Preguntas frecuentes: resolviendo dudas críticas sobre la declaración del riesgo

¿Puedo actualizar mi declaración de riesgo si me diagnostican algo después de contratar?

Sí, y es altamente recomendable. Aunque legalmente no estás obligado a comunicar enfermedades posteriores a la contratación, hacerlo refuerza tu posición en caso de siniestro. La aseguradora puede ajustar la prima o las condiciones, pero no puede anular la póliza por información posterior.

¿Qué pasa si no recuerdo una enfermedad de la infancia?

Si genuinamente no recuerdas o desconoces una condición médica, no constituye ocultación dolosa. Sin embargo, es recomendable solicitar tu historial médico completo antes de contratar y declarar todo lo que aparezca, aunque te parezca irrelevante.

¿Las aseguradoras investigan siempre antes de pagar?

No siempre, pero sí en casos de muerte prematura, importes altos o cuando existen indicios de inconsistencias. La investigación puede incluir revisar historiales médicos, entrevistar a médicos e incluso exhumar el cuerpo en casos extremos.

¿Puedo contratar si tengo enfermedades preexistentes?

Por supuesto. Las aseguradoras están acostumbradas a asumir riesgos conocidos. La clave es declararlos correctamente. Pueden aplicar exclusiones específicas, sobreprecio en la prima o condiciones especiales, pero raramente rechazan completamente la contratación.

¿Qué sucede si miento en el cuestionario y la aseguradora no se entera?

Aunque la aseguradora no detecte inicialmente la omisión, conserva el derecho a investigar durante toda la vigencia de la póliza. Si posteriormente descubre la información oculta, puede anular el contrato y reclamar las indemnizaciones ya pagadas.

La solución experta: por qué una correduría es tu mejor garantía

La complejidad legal y médica de la declaración del riesgo hace que contratar por tu cuenta sea una ruleta rusa. Aquí es donde entra el valor insustituible de una correduría de seguros especializada como JLA Asociados.

¿Qué hace diferente a una correduría independiente?

Interpretación experta de las cláusulas: Los mediadores especializados conocen las interpretaciones jurisprudenciales de cada término. Saben exactamente qué considera «relevante» cada aseguradora y cómo formular las respuestas para evitar futuras disputas.

Asesoramiento personalizado en la declaración: No te limitas a rellenar un formulario solo. Te guían pregunta por pregunta, ayudándote a identificar información que podrías pasar por alto y explicándote las implicaciones de cada respuesta.

Selección de la aseguradora adecuada: Cada compañía tiene criterios médicos diferentes. Una correduría experimentada sabe qué aseguradora es más favorable para tu perfil de salud específico, maximizando tus opciones de aceptación con las mejores condiciones.

Mediación en caso de conflicto: Si surge una disputa, la correduría actúa como tu defensor ante la aseguradora. Conocen los argumentos legales y tienen peso en las negociaciones que tú, como particular, no tendrías.

Seguimiento a largo plazo: Una correduría de seguros para la declaración del riesgo te acompaña durante toda la vigencia de la póliza, asesorándote sobre cambios en tu situación que debas comunicar y optimizando tu cobertura.

La diferencia entre contratar directamente y hacerlo a través de una correduría especializada puede ser la diferencia entre dejar a tu familia protegida o desprotegida.

Conclusión: Tu tranquilidad no puede depender de un formulario mal cumplimentado

El caso del Tribunal Supremo de enero de 2025 nos enseña una lección demoledora: un error en la declaración del riesgo puede aniquilar años de primas pagadas y dejar a tu familia sin protección cuando más la necesite.

La solución no es evitar los seguros de vida, sino contratarlos de la forma correcta. La expertise de una correduría especializada no es un gasto, es la mejor inversión para garantizar que tu póliza cumplirá su función cuando llegue el momento.

No permitas que un cuestionario mal interpretado destruye el futuro financiero de tu familia.


Para quienes buscan contratar un seguro de vida:

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Para quienes ya tienen una póliza contratada:

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Artículo elaborado con base en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y la Ley de Contrato de Seguro vigente a fecha de escritura de este artículo. La información proporcionada tiene carácter orientativo y no sustituye el asesoramiento legal personalizado.

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