¿Quién asume la póliza del hogar tras un divorcio? Claves para una separación ordenada
Un proceso de divorcio es, sin duda, una de las etapas vitales más complejas. Más allá de la separación emocional, implica desenredar una maraña de responsabilidades financieras y legales compartidas. Entre todas las gestiones, una pregunta frecuente y a menudo pospuesta es: ¿quién se queda con el seguro del hogar tras un divorcio? No abordar este aspecto a tiempo puede generar serias complicaciones, desde disputas legales hasta la pérdida de coberturas esenciales en el peor momento.

Como consultores en protección patrimonial, en JLA Asociados vemos que una gestión proactiva de los aspectos aseguradores durante un divorcio es fundamental para proteger los intereses de ambas partes y garantizar que el patrimonio común o individual quede debidamente resguardado. La póliza del hogar no es solo un gasto más; es la red de seguridad frente a imprevistos que pueden agravar una situación ya de por sí delicada.
La titularidad de la vivienda: el factor determinante
El destino del seguro de hogar está intrínsecamente ligado a lo que ocurra con la vivienda familiar tras la sentencia. Esta decisión suele seguir uno de estos tres caminos, cada uno con implicaciones diferentes para la póliza:
1. Adjudicación de la vivienda a uno de los cónyuges
Es el escenario más claro. Si la casa se adjudica en propiedad a uno de los excónyuges, la responsabilidad del seguro recae íntegramente sobre él. El paso inmediato y no negociable es modificar la póliza. Debe cambiarse el titular, la dirección de facturación y actualizar los datos de riesgo (ocupación, contenido asegurado, etc.). El cónyuge que deja la vivienda debe solicitar por escrito su baja como tomador y asegurado para evitar futuras reclamaciones de prima.
2. Venta del inmueble y reparto del capital
Mientras la vivienda esté en venta, sigue siendo un bien común que requiere protección. Lo más sensato es mantener la póliza vigente y acordar cómo se prorratea el coste hasta la fecha de venta. Una vez formalizada la venta, la póliza debe darse de baja. Es crucial no cancelarla prematuramente, pues dejaría la propiedad desprotegida ante un incendio o daños durante el proceso de venta.
3. Uso temporal o compartido (régimen de custodia)
En algunos casos, especialmente con hijos menores, se establece un régimen de uso temporal (por ejemplo, la casa es para el cónyuge que tiene la custodia, con un derecho de uso para el otro). Esta es la situación más compleja. La póliza debe reflejar esta realidad. Lo recomendable es que el titular sea quien resida habitualmente, pero se puede incluir al otro cónyuge como «interés asegurable» en el contenido que le pertenezca, siempre con un acuerdo por escrito sobre el pago de la prima.
Gastos de propiedad vs. gastos de uso: reparto de responsabilidades
Una distinción clave que suelen establecer los jueces y que afecta directamente al seguro es la diferencia entre ambos tipos de gastos:
- Gastos de Propiedad: Son los inherentes a la titularidad del inmueble, con independencia de quién viva en él. Incluyen la hipoteca (si la hay), el IBI, las derramas de la comunidad y, significativamente, la prima del seguro que cubre la estructura o continente del edificio. Estos gastos suelen repartirse entre los propietarios, normalmente al 50%, aunque el convenio puede establecer otro porcentaje.
- Gastos de Uso o Mantenimiento: Son los derivados del disfrute cotidiano de la vivienda: luz, agua, comunidad de propietarios (cuotas ordinarias), pequeñas reparaciones y la parte del seguro que cubre el contenido (muebles, enseres, electrodomésticos). Quien habita la vivienda suele asumirlos en su totalidad.
Por tanto, en muchos casos, la prima del seguro del hogar puede dividirse: la parte correspondiente al «continente» como gasto de propiedad, y la correspondiente al «contenido» como gasto de uso. Su corredor de seguros puede ayudarle a desglosar su póliza para entender este reparto.
Consecuencias de no actuar: riesgos y vacíos de cobertura
Dejar la póliza en un limbo es un error con posibles consecuencias graves:
- Impago y rescisión: Si la prima no se abona porque ambos cónyuges asumen que la paga el otro, la compañía puede cancelar la póliza. Recuperar la cobertura posteriormente puede ser más caro o con condiciones más restrictivas.
- Siniestro no cubierto: Si ocurre un incendio, una inundación o un robo mientras la póliza está cancelada o en impago, las pérdidas económicas serán asumidas al 100% por los propietarios, pudiendo generar un conflicto añadido sobre quién asume el coste.
- Responsabilidad Civil: Si un visitante sufre un accidente en la vivienda (cae por unas escaleras defectuosas, por ejemplo) y no hay un seguro de Responsabilidad Civil en vigor, la reclamación irá directamente contra el patrimonio de los propietarios.
- Problemas con la hipoteca: Si la vivienda tiene una hipoteca, el banco exige obligatoriamente un seguro de daños material (continente). La falta de cobertura puede constituir un incumplimiento del contrato hipotecario.
Guía de pasos prácticos: cómo gestionar su seguro durante el divorcio
Para una transición ordenada, le recomendamos seguir esta lista de verificación:
- Localice y revise la póliza vigente. Compruebe los tomadores, asegurados, coberturas, sumas aseguradas y la fecha de renovación.
- Notifique la situación a su corredor de seguros. Un profesional como los de JLA Asociados puede explicarle sus opciones específicas y las implicaciones de cada una. Esta consulta es clave para tomar decisiones informadas.
- Incluya el seguro en el convenio regulador. Asegúrese de que el acuerdo de divorcio especifique:
- Quién es responsable de mantener la póliza activa.
- Cómo se repartirá el coste de la prima (en su totalidad o desglosada).
- La obligación de modificar los datos de la póliza según el acuerdo final sobre la vivienda.
- Qué ocurre con las posibles indemnizaciones de siniestros futuros.
- Proceda a la modificación formal de la póliza. Una vez haya sentencia o acuerdo firme, contacte con su corredor para cambiar titulares, direcciones y coberturas. No se limite a cambiar el nombre en el recibo; actualice el contrato.
- Considere nuevas necesidades. La persona que se mude a un nuevo domicilio necesitará un seguro para su nueva vivienda. El que se quede en el hogar familiar deberá reevaluar si las coberturas y sumas aseguradas (especialmente en contenido) siguen siendo adecuadas para su nueva situación.
Gestionar el seguro del hogar durante un divorcio no es un trámite burocrático menor; es un acto de responsabilidad patrimonial que previene conflictos futuros y garantiza protección ante lo inesperado. En momentos de cambio tan significativo, contar con un asesoramiento experto y neutral en seguros le proporciona claridad y seguridad jurídica.
En JLA Asociados, como correduría independiente, actuamos como gestores y mediadores, ayudando a ambas partes a encontrar la solución técnica más adecuada para proteger sus bienes durante y después del proceso de separación, siempre con el objetivo de facilitar una transición ordenada y protegida.
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