Los Planes de Pensiones Colectivos son sistemas de previsión social en los que la empresa o empresario, constituye un plan de pensiones en favor de sus empleados. En algunos casos la constitución de este tipo de planes puede ser una obligación para la empresa, derivada de la exteriorización de sus compromisos por pensiones recogidos en el convenio colectivo, en el convenio sectorial o bien en acuerdos individuales.
- Responsabilidad civil de explotación.
- Gastos de defensa y fianzas.
- Responsabilidad civil por accidente de trabajo.
- Responsabilidad civil de productos. Trabajos acabados o servicios prestados.
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