Seguro de Decenal de daños a la Edificación
El seguro decenal de daños en la edificación es un seguro que cubre durante 10 años (a contar desde la fecha en que se realice la recepción de la obra), los daños estructurales de la construcción, ocasionados por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, soportes, vigas, forjados, muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad del edificio. El objeto es garantizar al promotor y a los futuros adquirientes la indemnización o reparación de estos daños.
Este seguro es de suscripción obligatoria por parte del responsable de la edificación o promoción del edificio, en los términos establecidos en la Ley de Edificación. Y es que los edificios destinados a viviendas están obligados por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (LOE) a contar esta garantía decenal.